La parte que posibilita a los futbolistas suspendidos a cumplir sus penas en “todas las competiciones de la FEF y la LIgaPro” es la que habría permitido que Mejía y Romario, al no ser alineados en la Supercopa Ecuador, este sábado contra Guayaquil City, estar disponibles para enfrentar a Barcelona.

La modificación decisiva

Pero luego de la “sesión radial” el texto quedó así: “Las sanciones establecidas en este reglamento que se refieran a partidos de suspensión, se impondrán única y exclusivamente dentro del campeonato donde la infracción fue cometida”. La implicación de las puntualizaciones “única y exclusivamente” determina que Mejía y Caicedo deben cumplir sus castigos en el campeonato en que cometieron sus faltas, es decir en el torneo de la LigaPro y ya no en la Supercopa Ecuador.

Y aunque las penas por suspensión se pagan únicamente en el torneo donde fueron recibidas hay otras que el reglamento sí permite que se cumplan en todos los certámenes de la Ecuafútbol o la Liga Profesional, como dice el artículo 30 en su segundo inciso: “Por su parte, las sanciones establecidas en este reglamento que se refieran a infracciones por dopaje o periodos de inhabilitación, serán cumplidas en todas las competiciones que organice la FEF y la LigaPro, así como las establecidas en el artículo 232 del Reglamento del Comité Ejecutivo, con relación a los partidos amistosos”. (D)